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Lo que la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso tenia oculto.




Estimad@s
Como sabrán este blog lleva online casi 5 años, de los cuales he entregado información de libros y opiniones centradas en bioquímica, la carrera en sí y otros tópicos de interés. Por tal motivo el tema que les voy a mostrar lo abordare con la mayor objetividad y con altura de miras, debido a que se trata de la universidad donde estudie. El tema en si nace hace algunas semanas, luego de que me llegara una información realmente preocupante sobre como la universidad (PUCV) negaba papeles de acreditación a un ex alumno incluso llegando a tribunales para evitar que esos papeles llegaran a sus manos (corte de apelaciones de Valparaíso Recurso civil 1753 - 2010 http://corte.poderjudicial.cl/SITCORTEPORWEB/?opc_menu=7%20civil%201753-%202010) . Si lo vemos de manera fría el hecho de negar papeles de acreditación, que en su génesis son públicos, debido a que la universidad por recibir dinero del estado debe entregar esa información sin reservas a la persona que lo solicite, sin importar quien sea o que quiera hacer con esos papeles. Esto llamo mi atención, ya que, si alguien te niega algo “publico” es porque hay algo que no debes saber o enterarte. Luego de un tiempo y de poder hablar con la persona que solicito esta información les entrego lo que él me envió.
Hay 2 cosas que hablar:
I- La verdad de la carrera de Bioquímica de la PUCV.
II- Que ocurre en otras instituciones, como descubrirlo y sancionarlo.

Primer acuerdo de acreditación de la carrera (link de descarga).
Informe de los pares evaluadores de esta (link de descarga).
La respuesta a ese informe por parte de la institución (link de descarga).
Segundo acuerdo de acreditacion de la carrera (Link de descarga)
Informe de los pares evaluadores de esta (link de descarga).
La respuesta a ese informe por parte de la institución (link de descarga).

Algunas cosas a tener en cuenta:
  • Deficiencias en el perfil de egreso como se indica que el plan de estudios no sustenta la formación definida en el perfil de egreso (informe de pares pág. 7, 10 y acuerdo pág. 3).
  • Escaso cuerpo docente (acuerdo pág. 4, informe pares pág. 13) lo cual conduce a carencias en la formación.
  • Baja productividad en la actividad de investigacion (acuerdo pag. 4, informe pares pag. 17).
  • Mediocre vinculación con el medio profesional, nacional e internacional (acuerdo pág. 4, informe pág. 16).
· En el informe de los pares evaluadores en la pag. 17 hay una síntesis de todo, posteriormente en la página 18 hay una opinión reservada sobre la carrera de bioquímica en la que se dice lo que realmente es.
Todo lo mencionado constituye faltas a la ley del consumidor y a un grave incumplimiento de contrato.
· En la segunda acreditación se presenta en el informe de pares mejoras notables. Sin embargo se indica que hay formación insuficiente en biología molecular (acuerdo 2º pág. 2, informe pares 2º pág. 7).
  • En la página 4 del acuerdo 2º se dice “La institución y la unidad han dado cuenta de las observaciones planteadas en el proceso de acreditación anterior y han realizado acciones de mejoramiento tendientes a corregir deficiencias; sin embargo dichas mejoras aún se encuentran en etapa inicial” junto con esto se indica en acuerdo 2º pag.4 “Que la unidad ha efectuado avances en las áreas respecto de las cuales la CNAP formulo observaciones en el proceso de acreditación anterior. Concretamente presento acciones específicas destinadas a revisar el perfil de egreso, fortalecer la dotación académica y su capacidad para participar en proyectos de investigación, mejorar laboratorios y equipos y fortalecer los vínculos con el medio disciplinario y científico. Sin perjuicio de lo anterior, subsisten debilidades en la coherencia del plan de estudios y en la definición de mecanismos apropiados para la conducción de la carrera”.
Por lo expuesto en relación al 2º proceso de acreditación dejo la observación de cómo si se indican tantas mejorías el mismo informe indique que estas están en su etapa inicial y se mantenga la discrepancia entre el plan de estudios y el perfil de egreso (informe pares 2º pág. 8). Curioso como se indica que se mejoró mucho y no se mejora nada al mismo tiempo.
Todo esto se traduce finalmente en una formación profesional deficiente, lo que constituye un verdadero perjuicio a los estudiantes y egresados de esta carrera, ya que nos encontramos con serias desventajas en nuestra inserción laboral y como es en algunos caso, se debe estudiar otra carrera con el objetivo de mejorar nuestras oportunidades profesionales y laborales y por cursar una carrera anterior no hay derechos a optar al crédito con garantía del Estado y debemos solicitar créditos a instituciones bancarias.
Sobre lo anterior está el hecho que siendo esta una carrera que trae más perjuicios y frustraciones a sus estudiantes y egresados fue finalmente acreditada
Por lo cual hay que meditar porque la comisión y los pares evaluadores acreditaron la carrera en estas condiciones y cuáles son los criterios mínimos de calidad que se exigen.
Que podemos hacer los afectados.
En vista de las pruebas y los hechos ocurridos hay viabilidad jurídica para iniciar una demanda civil contra la institución, independientemente del año en que egresamos o nos titulamos, ya que si la PUCV es capaz de comprobar que todo lo anterior es mentira, en un juicio no alegaría prescripción sino que se defendería para comprobar la verdad y mantener su imagen, ya que al alegar prescripción no se comprueba que las acusaciones eran falsas, sino que se está fuera de plazo para reclamar.
Ahí esta la ley del consumidor y el articulo 28 dice:
Artículo 28º.- Comete infracción a las disposiciones de esta ley el que, a sabiendas o debiendo saberlo y a través de cualquier tipo de mensaje publicitario induce a error o engaño respecto de:
b) la idoneidad del bien o servicio para los fines que se pretende satisfacer y que haya sido atribuida en forma explícita por el anunciante;
Temas a reflexionar.
  • · Alser acreditada una carrera, los estudiantes de esta cuentan con garantía estatal para financiar sus estudios (artículo 7º Nº 5 Ley Nº 20.027, de 2005, que establece las normas para el financiamiento de estudios de educación superior) por lo cual al acreditar una carrera la cual presenta malas condiciones y más perjuicios que beneficios, se invierte erróneamente el dinero de todos los chilenos.
  • estudiar una carrera universitaria no solo se invierte dinero sino que tiempo, esfuerzo personal, familiar y desgaste.
  • La educación es quizás la única herramienta por la cual las personas pueden surgir y mejorar su calidad de vida por lo cual a mi opinión que esta sea “manoseada” de esta forma es imperdonable.
El año 2009 se realizó una presentación sobre estos hechos a la comisión y su responsabilidad al acreditar la carrera y me respondieron con esta carta (descarga).
Léanla y saquen sus conclusiones
II.- Vamos por partes:

1.- Las universidades hacen sus carreras como quieren y si hacen mal las cosas el alumnado perjudicado nunca tiene pruebas para enfrentarse contra una universidad por lo cual solo queda confiar que la universidad te entrega las herramientas adecuadas sin posibilidad de reclamar o el reclamo con muy pocas pruebas o inconsistentes.

2.- En los procesos de acreditación de pregrado, postgrado e institucional, las universidades se muestran abiertas a pares externos calificados, a sus informes y la respuesta de la institución a estos.

3.- Con lo anterior tenemos informes reales de las carreras, instituciones con fortalezas y debilidades los cuales son aceptados y valorados por la institución y sus respuestas a estos, en los cuales existen reconocimiento de sus deficiencias y debilidades y las acciones para solucionarlos.
4.- No obstante, al parecer nadie se había dado cuenta que estos informes podrían servir como medio de prueba contra la institución en una demanda civil, ya que constituyen información explicita y directa de lo evaluado por expertos calificados y las respuestas a estos al indicar las acciones para paliar las deficiencias que los expertos encontraron.

5.- Sin embargo estos informes (salvo el acuerdo final) son confidenciales, pero desde el 29 de septiembre por una resolución por parte de la ley de transparencia caso Rol C184-10 se indica que esta información es de beneficio para la comunidad por lo cual aquí en esta ocasión se declararon públicos todos estos documentos.
6.- Tanto la ucv como otras instituciones se someten a acreditación en todos sus ámbitos por lo cual la institución que haya sometido algo de su pertenencia a acreditación y esta fue deficiente se podría pensar en obtener la información y tener un mayor conocimento del programa impartido.
7.- Desde ahora como se puede deducir, la gran mayoria de las instituciones de educacion superior son vulnerables si no han cumplido con lo prescrito en los procesos de acreditacion.
gracias por el espacio

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Proximamente expondre mis comentarios sobre esto

saludos


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4 comentarios :